miércoles, 3 de diciembre de 2014


La tecnología en el Derecho


En nuestros tiempos podemos observar que la tecnología ha impactado enormemente en el desarrollo profesional de los abogados, esto es gracias a las diversas herramientas de búsqueda que facilitan la labor en los despachos y oficinas; teniendo como consecuencia un servicio atractivo y moderno que se distancia positivamente del tradicional conservadurismo y formalidad propia de la profesión.

Es una realidad que los constantes avances tecnológicos de la sociedad provocan en los abogados, ya sea ciudadanos, colaboradores del servicio de Administración de Justicia, una necesidad de re inserción real y concreta a nuestro mundo, las cuales suponen una serie de ventaja para la profesión y la obligación de búsqueda de la Justicia y equidad.

Teniendo así al Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ), que es una herramienta de gran utilidad para el quehacer cotidiano de los abogados ya que tiene un contenido normativo debidamente actualizado por el Ministerio de Justicia, generando así una averiguación más eficaz y pronta.

A pesar de lo expuesto existen posturas que consideran que las nuevas tecnologías son un instrumento innecesario y adictivo, esto se debe a que no comprenden su verdadero funcionamiento y les parece terriblemente complicada su aplicación, por tal razón optan por el alejamiento que paraliza e impide su progreso.

Es por ello que los jueces y fiscales dedican tiempo a aprender el manejo de los sistemas informáticos porque comprenden que su uso, puede acarrearles mayores beneficios que perjuicios. Como por ejemplo la informatización de expedientes, dictámenes u otros documentos que son de gran utilidad para el mejor desarrollo profesional.


Resoluciones Administrativas del OSCE, SUNARP Y SERVIR



ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO

  1.     Resolución emitidas por el Tribunal


El Tribunal es el órgano encargado de resolver, en última instancia administrativa, las controversias que surjan entre las Entidades y los postores durante el proceso de selección, así como de aplicar sanciones de suspensión o inhabilitación a proveedores, postores y contratistas por infracción de las disposiciones de la Ley, su Reglamento y demás normas complementarias.

Resolución Nº   2164-2014-TC-S2

La Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado se pronuncia sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa COPY DEPOT S.A. por su presunta responsabilidad al haber contratado con el Estado, estando impedido para ello y presentar documento con información inexacta.

LA SALA RESUELVE con SANCIONAR a la empresa COPY DEPOT S.A., con inhabilitación temporal por el período de veintiséis días en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por su responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedida para ello.



SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

 2. Resoluciones emitidas por el Tribunal Registral 

Sus funciones son:
  1. Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos contra las denegatorias de inscripción y demás decisiones de los registradores.
  2. Verificar, en el ejercicio de su función, el cumplimiento de normas legales y reglamentarias, así como de los precedentes de observancia obligatoria, por parte de los registradores, dando cuenta a la Gerencia registral y al superintendente Adjunto de las irregularidades detectadas.
  3. Aprobar precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen.
  4. Coordinar con los órganos de las entidades públicas vinculados a su competencia.
  5. Emitir opinión sobre asuntos que la Superintendencia Adjunta someta a su consideración.
  6. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su naturaleza o que le sean asignadas.

Resolución No. 1256-2012 - SUNARP- TR-L 

El apelante Giovanni Ochoa Walde ha formulado desistimiento del recurso de apelación mediante escrito presentado ante el Tribunal Registral con firma certificada ante el Notario de Lima.
Por tanto la Sala resuelve indicando que las formalidades para que proceda el desistimiento, según el Art 150 del Reglamento General de los Registros Públicos: 
  • escrito con firma legalizada notarialmente, salvo que el apelante fuera Notario, supuesto en el que no se requirira la legalización de su firma.
  • se puede presentar antes de expedirse la resolución respectiva
Resuelve: ACEPTANDO el desistimiento del recurso de apelación.


AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

3. Resoluciones emitidas por el Tribunal del Servicio Civil

El Tribunal del Servicio Civil (TSC) forma parte de SERVIR pero cuenta con independencia funcional. Su misión es garantizar la adecuada aplicación del marco legal y la protección de los derechos de los trabajadores.
El TSC conoce en última instancia administrativa los recursos de apelación derivados de los conflictos entre el Estado y sus empleados en temas referidos a acceso al servicio civil, proceso disciplinario, evaluación y progresión en la carrera y terminación de la relación de trabajo.
El TSC cuenta con una Secretaría Técnica cuya función principal es dirigir el proceso que siguen los expedientes que serán sometidos a decisión de los vocales, así como brindar soporte técnico y administrativo para el adecuado funcionamiento del TSC.

RESOLUCIÓN N° 2026- 2011- SERVIR / TSC  Primera Sala

El impugnante German Sebastian Ayala Fernández interpone recurso de apelación en contra de la resolución emitida por la Dirección de Personal del Hospital Nacional Hipólito Unanue, que autorizo el abono de S./ 58.02 nuevos soles por concepto de asignación por cumplir veinticinco años de servicios prestados al Estado.


El tribunal resuelve declarando FUNDADA el recurso de apelación y en consecuencia se revoca la Resolución Administrativa emitida por  la Direccion de Personal del Hospital Nacional Hipolito Unanue, por considerar que el calculo de la asignación por cumplir 25 años de servicos debe realizarse sobre la base de la remuneración mensual total.